martes, 8 de marzo de 2016

Centro de conciliación, arbitraje y amigable composición




Centro de conciliación, arbitraje y amigable composición 

Conciliación


Empresarios sonriendo y saludando


Buenas tardes apresiados lectores en la publicaion anterior comenzamos a definir que son y cuales son los puntos claves de los metodos alternativos para la solucion de conflictos,  en esta oportunidad y para continuar con el tema queremos hablarles sobre tres mecanismos que hacen parte de la conciliacion de un conflicto, donde se aplican los tres conceptos que vimos anteriormente medicion, negociacion y arbitraje. y comenzaremos con el siguiente interrogante que es un centro de conciliacio Es un mecanismo por medio del cual dos o más personas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, de manera autónoma y con plenos efectos legales, la solución de sus conflictos con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado Conciliador. 

Para acceder a este servicio debe presentarse:
  1. Solicitud escrita, la cual debe contener la identificación de las partes (nombre, documento de identidad, dirección, teléfono, fax y correo electrónico), una relación de los hechos que dieron origen al conflicto y lo que se pretende a través de la conciliación, con la respectiva estimación económica o con la manifestación de que sus pretensiones carecen de valor. 
  2. Todos aquellos documentos que la parte solicitante considere que sirvan de soporte a la solicitud, como: poder, certificados de existencia y representación legal, matrículas inmobiliarias, escrituras, entre otros.
  3. Copias de traslado para los solicitados.

Duración de un trámite conciliatorio: Máximo 3 meses.


     Eficacia, rapidez e informalidad: La conciliación no está sometida a formalismos excesivos y dilatorios y se desarrolla, normalmente, en una sola audiencia al término de la cual, en caso de haber logrado la solución de la controversia, se firma un acta de conciliación. 

     Validez: El acuerdo logrado en virtud de la conciliación, resuelve de manera definitiva la controversia discutida y es de obligatorio cumplimiento para todas las partes involucradas. 

     Participación de las partes e idoneidad de los conciliadores: El acuerdo conciliatorio es el resultado de la negociación directa de las controversias por las partes mismas. Los conciliadores nombrados por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición son expertos en los temas jurídicos debatidos, en técnicas de negociación y en sociología de los conflictos y, por tanto, son los mejores facilitadores para que las partes logren sus acuerdos.

     Comodidad, privacidad y confidencialidad: El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición dispone de modernas instalaciones en donde las partes, de manera confortable y privada, podrán buscar la solución directa de sus diferencias. Las discusiones, los argumentos de las partes y los acuerdos serán reservados y respecto de los mismos, se conservará estricta confidencialidad. 

Amigable Composición

     Es el mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas le encomiendan a uno o varios terceros que actúan como sus mandatarios, la resolución del conflicto que los enfrenta. Estas personas se denominan amigables componedores y cuentan con un reconocido prestigio, trayectoria y solvencia moral para decidir la forma en que deben resolverse las controversias.

Para acceder a este servicio debe presentarse:

1. Solicitud escrita por cualquiera de las partes o por ambas.
2. Una relación de los hechos que originaron las controversias y lo que se pretenda por parte del solicitante con una estimación económica o con la manifestación de que su pretensión carece de valor.
3. Los documentos necesarios para respaldar la solicitud, en especial el documento en el que conste la voluntad de las partes de resolver su conflicto a través de la amigable composición.

Duración de un trámite de amigable composición:

     Será lo acordado por las partes. A falta de acuerdo y en caso de que el trámite se rija por el Reglamento del Centro, el plazo máximo de duración será de cuatro (4) meses contados desde el pago total de honorarios y gastos de administración, se podrá prorrogar por dos (2) meses más."

Modelo de cláusula de amigable composición:

“Cualquier diferencia que surja entre las partes por la ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente contrato y en general, sobre los derechos y obligaciones que para las mismas emanan durante su vigencia, así como durante su etapa precontractual, se solucionará por un (o cualquier otro número impar) amigable componedor que será nombrado por las partes de común acuerdo. En caso de que no fuere posible tal acuerdo, las partes delegan expresamente el nombramiento en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. El proceso de Amigable Composición se adelantará de acuerdo con lo que las partes determinen con el o los amigables componedores o, en su defecto, por el Reglamento de Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia”.


Tomado de: "http://www.camaramedellin.com.co/site/Servicios-Empresariales/MASC.aspx"

Realizado por: Adriana Niño Casas



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